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10 mayo, 2018Si eres de esas personas que se vieron afectadas por el cobro de las cláusulas suelo estipuladas en los contratos de crédito hipotecarios otorgados por los bancos, todavía estás a tiempo de que tu contrato hipotecario sea revisado y se haga el cobro para la devolución del dinero que se te cobró excesivamente. Gracias a varias sentencias, siendo la última el Decreto-Ley 1/2017, todos los clientes de entidades bancarias a los que se le incluyó la cláusula suelo en su contrato pueden hacer la reclamación y recibir su dinero de vuelta al solicitar la devolución de la cláusula suelo, ya que se consideró esta cláusula como abusiva e ilegal y se crearon mecanismos de protección al cliente.
Todavía puedes de exigir la devolución de la cláusula suelo, así que no lo dudes más y asesórate para que puedas realizar el proceso judicial o extrajudicial y tener tu dinero más rápido de lo que te imaginas.
¿Qué vas a encontrar en este artículo?
¿Qué es la cláusula suelo o suelo hipotecario?
Bancos españoles incorporaron a sus contratos de créditos hipotecarios una serie de cláusulas donde se estipulaba el rango promedio de intereses mensuales que el cliente debía pagar. Estos intereses estaban referenciados en el Euribor proveniente de Euro Interbank Offered Rate o lo que en castellano sería Tipo Europeo de Oferta Interbancaria.
Una de ellas era la cláusula suelo o suelo hipotecario, la cual consistía en poner un mínimo de intereses a pagar por el cliente, que generalmente era de 3%. De igual manera se fijaban las cláusulas techo, que era un máximo de interés a pagar y que rondaba los 13%.
Lo cierto es que en el año 2009 la fluctuación del Euribor fue negativa y se posicionó en 1%, pero las entidades bancarias siguieron cobrando debido a la cláusula suelo, es decir, las personas pagaban más de lo que marcaba el precio referencial.
En ese momento al ver que el Euribor bajaba y el pago de los intereses por la hipoteca se mantenía igual, las personas estudiaron sus contratos y empezaron a demandar a los bancos alegando que desconocían la cláusula suelo. De igual forma se quejaron porque la cláusula techo era un interés sumamente alto.
Estas quejas fueron escuchadas, en 2013 el Tribunal Supremo sentenció la nulidad de dichas cláusulas por considerarlas «abusivas» y «poco transparentes» y en 2016 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea obligó a las entidades bancarias a devolver todo lo cobrado de más por motivo de dicha cláusula desde que se firmó el contrato. Este último decreto fue refrendado por el Real Decreto-Ley 1/2017, donde se crearon medidas para la protección del consumidor.
Procedimiento para la reclamación y devolución de la Cláusula Suelo
Las personas que todavía no han realizado la reclamación pertinente están a tiempo para hacerlo, no importa si ya terminaron de pagar su hipoteca.
El proceso se puede hacer de dos formas, una extrajudicial o la más certera de forma judicial.
La primera manera de reclamar y solicitar la devolución de la cláusula suelo es dirigiéndose a la entidad bancaria con la que tienes el contrato de crédito y solicitar que te hagan la devolución correspondiente por el cobro de la cláusula suelo. A partir de esta petición formal el banco tiene tres meses para depositarte el dinero.
Sin embargo, muchas veces los bancos denominan improcedente la reclamación, por lo que tienes que activar la reclamación judicial, que consiste en dirigirte con el contrato de la hipoteca y recibos de pago al tribunal. Es importante que te asesores con abogados expertos en el área inmobiliaria para así garantizar el éxito de la demanda.
Ciudadanos que ya realizaron los trámites para recuperar su dinero consideran que hacer la reclamación extrajudicial es improductivo, porque los bancos buscan excusarse y deslindarse de su responsabilidad.
¿Cómo declarar la devolución de los gastos hipotecarios y las cláusulas suelo en la Renta?
Si te encuentras en ese grupo de afectados que en 2017 recibió la devolución de su dinero por cláusulas suelo, debes regularizar tu situación con Hacienda, a través del pago de impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) correspondiente a 2017, que se presenta hasta junio de este año.
Esto en el caso de que en las declaraciones de rentas de años anteriores, a partir de 2013, hayas incluido la deducción en vivienda habitual y se te haya hecho el descuento de impuesto, entonces ahora debes devolver el dinero descontado. Sin embargo, no se cobrará ningún tipo de interés por los años transcurridos.
Pero si ese no es tu caso, no debe incluirse en la declaración de renta el dinero que el banco te devolvió por el cobro de la cláusula suelo. Asimismo, si llegaste a un acuerdo con el banco para no recibir el dinero y en su lugar usarlo para amortiguar el crédito hipotecario, tampoco debes reflejar ese dinero en el IRPF.